El pasado 19 de mayo de 2022 entró en vigor el Real Decreto 376/2022, el cual regula los criterios de sostenibilidad y reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero (en adelante GEI) de los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa, así como el sistema de garantías de origen de los gases renovables.

Con la entrada en vigor de este RD, permitirá a los consumidores diferenciar los gases de fuentes renovables de los gases de fuente fósil (hidrógeno renovable, biogás o biometano), así como los criterios de sostenibilidad de biomasa sólida y biogás, biocarburantes y ilíquidos para el transporte.

¿A quién interesa esta disposición legal?

  • INSTALACIONES de PRODUCCIÓN de energía eléctrica a partir de fuentes de energía RENOVABLES, COGENERACIÓN y RESIDUOS pertenecientes a las siguientes categorías, grupos y subgrupos:
    • Productores que utilicen la cogeneración u otras formas de producción de electricidad a partir de energías residuales.
    • Instalaciones que utilicen como energía primaria alguna de las energías renovables no fósiles.
    • Instalaciones que utilicen como energía primaria residuos con valorización energética no contemplados en la categoría anterior.

¿Cómo afectará a las empresas?

Si entramos un poco más en materia, el RD, en su artículo 8 nos indica que los agentes económicos deben demostrar el cumplimiento de los criterios de sostenibilidad y de reducción de las emisiones de GEI que les resulten de aplicación, para obtener así la consideración de sostenible, los cuales deberán acogerse mediante alguna de estas formas, o una combinación de estas:

  1. Un sistema voluntario reconocido por la Comisión Europea para este fin, como es el protocolo ISCC.
  2. Un régimen nacional aprobado por la Comisión Europea.
  3. En los casos para los que esté previsto, al Sistema Nacional de Verificación de la Sostenibilidad regulado en este real decreto y la normativa que lo desarrolle.

Criterios de Sostenibilidad

Esta nueva norma a su vez creará un Censo de Instalaciones de Producción de gas procedente de fuentes renovables y un Comité de Productores. Los productores y comercializadores podrán intercambiar:

  • ✅ Las garantías de origen de forma transparente y segura dentro del sistema.
  • ✅ Documentación de la producción.
  • ✅Transferencia y cancelación de las garantías de origen.

Las garantías de origen certificarán el volumen de gas y su calidad, puesto que se diferenciará entre hidrógeno obtenido con energía renovable, biometano, biogás u otros gases, y abarcará cualquier gas renovable producido y consumido, ya sea in situ, autoconsumido, inyectado o no a la red de gasoductos.

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Fuente: Energia.gob.es, BOE, Infosald.