{"id":4336,"date":"2026-10-08T12:08:53","date_gmt":"2026-10-08T10:08:53","guid":{"rendered":"https:\/\/www.incyma.es\/?p=4336"},"modified":"2026-10-08T12:13:12","modified_gmt":"2026-10-08T10:13:12","slug":"informe-de-sostenibilidad-2026","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.incyma.es\/en\/informe-de-sostenibilidad-2026\/","title":{"rendered":"Informe de sostenibilidad en 2026, qui\u00e9n est\u00e1 obligado y qu\u00e9 datos pueden pedir tus clientes"},"content":{"rendered":"<p>La Uni\u00f3n Europea ha introducido durante 2026 importantes modificaciones en el marco normativo de informaci\u00f3n corporativa sobre sostenibilidad. Los cambios afectan tanto a las empresas obligadas a reportar conforme a la Directiva sobre informaci\u00f3n corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD), como al contenido de los Est\u00e1ndares Europeos de Informaci\u00f3n sobre Sostenibilidad (ESRS) y al reporting voluntario de las empresas de menor tama\u00f1o.<\/p>\n<p>Las principales novedades se articulan a trav\u00e9s de tres disposiciones: la <a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/?uri=CELEX:32026L0470\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Directiva (UE) 2026\/470<\/a>, conocida como \u00d3mnibus I; el <a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/?uri=CELEX:32026R1563\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Reglamento Delegado (UE) 2026\/1563<\/a>, que revisa y simplifica los ESRS; y el <a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/?uri=CELEX:32026R1560\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Reglamento Delegado (UE) 2026\/1560<\/a>, que establece un nuevo est\u00e1ndar voluntario de informaci\u00f3n sobre sostenibilidad.<\/p>\n<p>El objetivo es reducir la carga administrativa y concentrar las obligaciones m\u00e1s exigentes en las empresas de mayor dimensi\u00f3n, manteniendo al mismo tiempo un marco proporcionado para la informaci\u00f3n ESG (ambiental, social y de gobernanza) dentro de las cadenas de valor.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 cambia con \u00d3mnibus I?<\/h2>\n<p>La Directiva (UE) 2026\/470, de 24 de febrero de 2026, fue publicada en el Diario Oficial de la Uni\u00f3n Europea el 26 de febrero y entr\u00f3 en vigor el 18 de marzo de 2026.<\/p>\n<p>Uno de sus principales cambios es la reducci\u00f3n significativa del \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de la CSRD. Con car\u00e1cter general, la obligaci\u00f3n se concentra en empresas que superen simult\u00e1neamente:<\/p>\n<ul>\n<li>1.000 empleados de media durante el ejercicio.<\/li>\n<li>450 millones de euros de volumen de negocios neto.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Estos l\u00edmites se aplican tambi\u00e9n, cuando corresponda, a los grupos sobre una base consolidada. En consecuencia, numerosas empresas inicialmente incluidas en el \u00e1mbito de la CSRD quedar\u00e1n fuera de la obligaci\u00f3n de elaborar el informe de sostenibilidad conforme a los ESRS.<\/p>\n<h3>CSRD: antes y despu\u00e9s de \u00d3mnibus I<\/h3>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<th>Aspecto<\/th>\n<th>Marco anterior<\/th>\n<th>Tras \u00d3mnibus I<\/th>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Empresas afectadas<\/td>\n<td>Amplio conjunto de grandes empresas y determinadas pymes cotizadas<\/td>\n<td>Principalmente empresas de muy gran dimensi\u00f3n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Empleados<\/td>\n<td>Desde 250 trabajadores junto con otros criterios<\/td>\n<td>M\u00e1s de 1.000 empleados<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Volumen de negocio<\/td>\n<td>Combinado con otros criterios<\/td>\n<td>M\u00e1s de 450 millones \u20ac<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Pymes cotizadas<\/td>\n<td>Incorporaci\u00f3n progresiva<\/td>\n<td>Fuera del r\u00e9gimen obligatorio general<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Cadena de valor<\/td>\n<td>Solicitudes amplias de informaci\u00f3n ESG<\/td>\n<td>L\u00edmite de informaci\u00f3n para empresas de hasta 1.000 empleados<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Reporting voluntario<\/td>\n<td>VSME como referencia<\/td>\n<td>Nuevo est\u00e1ndar voluntario europeo VS<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>La Directiva introduce adem\u00e1s una protecci\u00f3n especialmente relevante para proveedores y empresas de la cadena de valor que no superen los 1.000 empleados, limitando la informaci\u00f3n que las compa\u00f1\u00edas sujetas a CSRD pueden solicitarles a efectos de su reporting.<\/p>\n<p>Al tratarse de una Directiva, sus modificaciones deber\u00e1n incorporarse al ordenamiento jur\u00eddico de los Estados miembros. La norma establece el 19 de marzo de 2027 como fecha de transposici\u00f3n para buena parte de estas modificaciones.<\/p>\n<h2>Nuevos ESRS: importante simplificaci\u00f3n del reporting<\/h2>\n<p>El Reglamento Delegado (UE) 2026\/1563 revisa los Est\u00e1ndares Europeos de Informaci\u00f3n sobre Sostenibilidad con el objetivo de hacerlos m\u00e1s proporcionados, comprensibles y operativos.<\/p>\n<p>Seg\u00fan la Comisi\u00f3n Europea, los nuevos ESRS:<\/p>\n<ul>\n<li>reducen m\u00e1s de un 60 % los datapoints obligatorios;<\/li>\n<li>reducen m\u00e1s de un 70 % el n\u00famero total de datapoints;<\/li>\n<li>simplifican la aplicaci\u00f3n del principio de materialidad;<\/li>\n<li>diferencian mejor la informaci\u00f3n obligatoria de la voluntaria;<\/li>\n<li>introducen mayor flexibilidad en la obtenci\u00f3n y presentaci\u00f3n de informaci\u00f3n;<\/li>\n<li>mejoran su coherencia con otras disposiciones europeas y est\u00e1ndares internacionales.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La Comisi\u00f3n estima que estas modificaciones pueden reducir los costes de reporting en m\u00e1s de un 30 % por empresa.<\/p>\n<p>Esta simplificaci\u00f3n no supone, sin embargo, la desaparici\u00f3n de principios esenciales como la <a href=\"https:\/\/www.incyma.es\/en\/analisis-de-doble-materialidad\/\">dual materiality<\/a>. Las empresas sujetas a CSRD deber\u00e1n seguir analizando tanto los impactos de su actividad sobre las personas y el medio ambiente como los riesgos y oportunidades de sostenibilidad que puedan producir efectos financieros sobre la organizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El Reglamento entrar\u00e1 en vigor el 10 de noviembre de 2026 y ser\u00e1 aplicable a los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2027. No obstante, las empresas podr\u00e1n optar por aplicar anticipadamente los nuevos ESRS simplificados a los ejercicios iniciados durante 2026, conforme al r\u00e9gimen transitorio previsto.<\/p>\n<h2>Nuevo est\u00e1ndar voluntario para empresas de menos de 1.000 empleados<\/h2>\n<p>Que una empresa quede fuera de la CSRD no significa que deje de necesitar informaci\u00f3n de sostenibilidad. Grandes clientes, entidades financieras, inversores o empresas matrices pueden seguir solicitando datos ESG a proveedores y organizaciones de su cadena de valor.<\/p>\n<p>Para dar respuesta a esta situaci\u00f3n, el Reglamento Delegado (UE) 2026\/1560 establece el nuevo Est\u00e1ndar Voluntario de Informaci\u00f3n sobre Sostenibilidad (Voluntary Standard o VS), que evoluciona a partir del est\u00e1ndar conocido hasta ahora como VSME.<\/p>\n<p>Est\u00e1 dirigido a empresas que no superen una media de 1.000 empleados y proporciona un marco de informaci\u00f3n proporcional para:<\/p>\n<ul>\n<li>responder a solicitudes ESG de clientes y grandes empresas;<\/li>\n<li>facilitar informaci\u00f3n a bancos, inversores y entidades financieras;<\/li>\n<li>estructurar internamente indicadores de sostenibilidad;<\/li>\n<li>avanzar voluntariamente en la gesti\u00f3n ambiental, social y de gobernanza.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>L\u00edmite a la informaci\u00f3n solicitada en la cadena de valor<\/h3>\n<p>Una de las novedades m\u00e1s relevantes es el denominado \u201cl\u00edmite m\u00e1ximo para la cadena de valor\u201d.<\/p>\n<p>Las empresas sometidas a CSRD no podr\u00e1n exigir, a efectos de su reporting, a empresas de su cadena de valor que no superen los 1.000 empleados informaci\u00f3n de sostenibilidad que exceda los datapoints establecidos espec\u00edficamente para este l\u00edmite en el Reglamento Delegado (UE) 2026\/1560.<\/p>\n<p>La medida pretende evitar el denominado \u201cefecto de goteo\u201d o <em>trickle-down effect<\/em>, por el que las exigencias aplicables a una gran compa\u00f1\u00eda acababan traslad\u00e1ndose indirectamente a proveedores de menor dimensi\u00f3n.<\/p>\n<p>El Reglamento Delegado (UE) 2026\/1560 entr\u00f3 en vigor el 24 de septiembre de 2026, mientras que el l\u00edmite m\u00e1ximo para la cadena de valor ser\u00e1 aplicable a los ejercicios financieros iniciados a partir del 1 de enero de 2027.<\/p>\n<h2>\u00bfPierde importancia la sostenibilidad?<\/h2>\n<p>La reforma reduce considerablemente el n\u00famero de empresas obligadas por la CSRD y simplifica la informaci\u00f3n exigida a aquellas que contin\u00faan dentro de su \u00e1mbito. Sin embargo, esto no significa que la informaci\u00f3n de sostenibilidad deje de ser relevante.<\/p>\n<p>Los datos ESG continuar\u00e1n formando parte de las relaciones con clientes, entidades financieras, inversores y otras partes interesadas. Para muchas empresas, el reto pasa de \u201ccumplir obligatoriamente con la CSRD\u201d a disponer de informaci\u00f3n ESG estructurada, fiable y proporcionada para facilitarla cuando sea necesaria.<\/p>\n<p>En este escenario, el nuevo est\u00e1ndar voluntario puede convertirse en una referencia especialmente \u00fatil para <a href=\"https:\/\/www.incyma.es\/en\/sostenibilidad-empresarial-pymes\/\">empresas de menos de 1.000 empleados<\/a> que quieran organizar su informaci\u00f3n de sostenibilidad sin asumir la complejidad de los ESRS completos.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 deber\u00edan hacer ahora las empresas?<\/h2>\n<p>Ante el nuevo marco resulta recomendable:<\/p>\n<ol>\n<li>Comprobar si la empresa contin\u00faa dentro del \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de la CSRD conforme a los nuevos umbrales.<\/li>\n<li>Si contin\u00faa obligada, adaptar el sistema de reporting a los nuevos ESRS simplificados.<\/li>\n<li>Si queda fuera, analizar las solicitudes ESG que recibe de clientes, bancos u otras partes interesadas.<\/li>\n<li>Valorar la aplicaci\u00f3n del nuevo est\u00e1ndar voluntario para estructurar la informaci\u00f3n de sostenibilidad.<\/li>\n<li>Revisar los procesos de recopilaci\u00f3n y control de datos ESG para garantizar informaci\u00f3n fiable, trazable y f\u00e1cilmente disponible.<\/li>\n<\/ol>\n<h2>INCYMA: acompa\u00f1amiento en sostenibilidad y reporting ESG<\/h2>\n<p>Desde INCYMA ayudamos a las organizaciones a evaluar c\u00f3mo les afecta el nuevo marco europeo de informaci\u00f3n sobre sostenibilidad y a adaptar sus sistemas de gesti\u00f3n y reporting.<\/p>\n<p>Nuestros servicios incluyen el an\u00e1lisis de aplicabilidad de la CSRD, <a href=\"https:\/\/www.incyma.es\/en\/services\/sustainability-esg\/sustainability-reporting\/\">elaboraci\u00f3n y revisi\u00f3n de informes de sostenibilidad<\/a>, an\u00e1lisis de doble materialidad, definici\u00f3n de indicadores ESG, adaptaci\u00f3n a los ESRS y desarrollo de modelos voluntarios de informaci\u00f3n sobre sostenibilidad para empresas que, aun no estando obligadas, necesitan responder a las exigencias de clientes, grupos empresariales, entidades financieras y otras partes interesadas.<\/p>\n<p>La nueva normativa europea supone una importante simplificaci\u00f3n del reporting, pero tambi\u00e9n refuerza la necesidad de determinar qu\u00e9 informaci\u00f3n de sostenibilidad necesita realmente cada organizaci\u00f3n gestionar, controlar y comunicar.<\/p>\n<h2>Preguntas frecuentes<\/h2>\n<h3>\u00bfEs obligatorio el informe de sostenibilidad para una pyme?<\/h3>\n<p>Con car\u00e1cter general, no. Las pymes no est\u00e1n obligadas a elaborar el informe de sostenibilidad de la CSRD, aunque pueden reportar voluntariamente y recibir solicitudes de informaci\u00f3n ESG de clientes, bancos o grandes empresas.<\/p>\n<h3>\u00bfQu\u00e9 es el est\u00e1ndar voluntario VSME?<\/h3>\n<p>Es un est\u00e1ndar simplificado para que las empresas de menor tama\u00f1o puedan informar voluntariamente sobre sostenibilidad y responder a solicitudes ESG de clientes, bancos e inversores.<\/p>\n<h3>\u00bfQu\u00e9 datos ESG me puede pedir un cliente?<\/h3>\n<p>Puede solicitar datos sobre medio ambiente, aspectos sociales y gobernanza necesarios para evaluar su cadena de valor. La nueva normativa limita la informaci\u00f3n exigible a empresas de menos de 1.000 empleados.<\/p>\n<h3>\u00bfQu\u00e9 diferencia hay entre el EINF y el informe de sostenibilidad de la CSRD?<\/h3>\n<p>El EINF, regulado en Espa\u00f1a por la Ley 11\/2018, informa sobre cuestiones no financieras. La CSRD evoluciona este modelo, incorporando ESRS, doble materialidad y un reporting m\u00e1s normalizado y estructurado.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Uni\u00f3n Europea ha introducido durante 2026 importantes modificaciones en el marco normativo de informaci\u00f3n corporativa sobre sostenibilidad. 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